Evolución de la criminología
Las definiciones, incumbencias, divisiones y alcances , fueron variando de acuerdo a los distintos autores, criminólogos y lugar geográfico de nuestra tierra, según los diversos enfoques y encuadres teóricos, como asimismo de acuerdo a la época en las que fueron expresadas.
1) LA ESCUELA CLÁSICA
En los siglos XVII y XVIII surgieron nuevas clases sociales, como por ejemplo los mercaderes, banqueros y los hombres de negocio ( los burgueses ), llamada esta época como la Era de las Luces. El esfuerzo de mucho trabajo, el pensamiento racional fueron causas que hizo que la Ética Protestante despertara para que las personas alcanzaran su éxito personal. Comenzaron a surgir nuevos cambios en la manera de pensar, alcanzando un auge las ciencias en la búsqueda de las normas legales y desplazando los erróneos caminos de Dios. Gracias a esto se dieron cuenta que el hombre a través de la razón experimento los dolores y placeres, por tal motivo el Estado dejo de ser observado como una entidad divina, que imponía sus castigos y reglas para todos los ciudadanos, sino que se exigió que siguiera los dictados de la razón.
La reforma clásica tuvo sus inicios en la ultima mitad del siglo XVIII en Inglaterra e Italia y se extendió a Europa Occidental y ha EUA de allí en adelante. Teniendo en cuenta que lo mas importante es que la Escuela Clásica no existió como tal desde el punto de vista histórico, sino que gracias a ENRRICO FERRI, que comenzó a llamarle clásicos a los juristas prepositivitas y posteriores a BECCARIA.
BECCARIA en 1764 escribió una obra con el nombre de De Delitos y Castigos, esta obra fue escrita tan solo cuando el constaba con 26 anos de edad. El trataba de encontrar la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley, Escribir las leyes para que pudiera ser comprendida por todos los individuos y no solo por máximos juristas y sobre todo que la interpretación de esta no se pudiera dar de una forma desviada a la moral por los juristas o jueces y por ultimo el de limitar el ámbito de las leyes penales al mínimo necesario para minimizar el delito.
Podemos decir que gracias a la Escuela Clásica se dio la terminación de la barbarie y la injusticia que el derecho penal representaba, procuro la humanizaron por medio del respeto a la ley, del reconocimiento a las garantías individuales y de la limitación al poder absoluto del Estado.
Al hablar de los representantes de la Escuela Clásica todos estamos de acuerdo con que fue gracias a BECCARIA, sentando los principios de esta gran corriente el » DIVINO MARQUEZ » . BETHAM, aporto con su obra » TEORIA DE LAS PENAS Y DE LAS RECOMPENSAS » escrita en 1840 y ROMAGNOSI, con » GENESIS DEL DIRITTO PENALE » en 1837.
El profesor de Bolonia, Ginebra y París que es asesinado por sus pensamiento políticos, fue el que escribió el primer gran clásico reconocido por todos, fue el, profesor PELLEGRINO ROSSI ( 1787 – 1848 ).
ROSSI consideraba que existía un orden moral que todos los seres libres e inteligentes debíamos de seguir, pensando así que estos ordenes debían aplicarse en la sociedad, puesto que todos los individuos estamos hechos para vivir en sociedad. Dando así que gracias a esto surja un orden obligatorio para toda una sociedad y del cual se derivarían todos los derechos y obligaciones.
Otro ilustre representante tenemos a GIOVANNI CARMIGNANI, que nos trata de explicar que el castigo que se le impone a un criminal por el delito que cometió no se hace con el animo de tomar una venganza sino la de prevenir a que en un futuro no se realice otros delitos semejantes, este ilustre representante fue profesor de Pisa, y en sus Elmenta iuris criminalis hace la necesidad del orden social como la fuente y de la ley moral como el limite.
Hay otro autor que piensa que la capacidad de juzgar le pertenece al superior pero no niega que todo hombre al ser tal es inteligente y puede juzgar por igual, para ROSINI el fundamento del derecho de castigar es el eterno principio de la justicia. Y este autor el que sienta bases para la Escuela Clásica, con su obra Filosofía del Diritto escrita en 1839 por ANTONIO ROSINI.
Esta Escuela Clásica tiene por postulados:
1. El encontrar sus bases filosóficas en el Derecho Natural. 2. Un respeto absoluto al principio de legalidad. 3. Ver al delito como un ente jurídico y no como un ente filosófico. 4. El libre albedrío 5. La aplicación de las penas a los individuos moralmente responsables. 6. Los que carezcan de libre albedrío como por ejemplo los locos y los niños quedan excluidos del Derecho. 7. La pena es la retribución que se hace al criminal por el mal que hizo en la sociedad. 8. La retribución debe ser exacta 9. El Derecho de castigar pertenece al Estado titulo de tutela jurídica. 10. Se considera que el método debe ser logico-abstracto, silogístico y deductivo.