¿Qué se vota en las elecciones nacionales
El 23 de octubre, elegiremos a nuestros representantes para los distintos cargos electivos nacionales, entre los candidatos proclamados en las elecciones primarias.
En las elecciones nacionales, los ciudadanos votaremos:
Presidente y Vicepresidente de la Nación, en todo el país.
130 Diputados Nacionales, en todas las provincias y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
24 Senadores Nacionales, en las provincias de Buenos Aires, Formosa, Jujuy, La Rioja, Misiones, San Juan, San Luis y Santa Cruz.
2. ¿Quiénes votan en las elecciones nacionales
Todos los ciudadanos -nativos, por opción o naturalizados- que tengan 18 años o más al 23 de octubre, tienen el derecho y el deber cívico de votar en las elecciones nacionales.
La inasistencia al sufragio debe justificarse, en caso de enfermedad, causas de fuerza mayor o distancia geográfica, dentro de los sesenta días de celebrarse la elección, presentando los correspondientes certificados ante la Justicia Electoral con competencia electoral de su distrito.
Para verificar si figurás correctamente en el padrón consultá enwww.padron.gob.ar
3. ¿Cuándo y dónde se vota en las elecciones nacionales ¿Dónde y cuándo puedo consultar el lugar de votación
Las Elecciones Nacionales se celebrarán en todo el territorio nacional el próximo 23 de octubre. Se votará en el mismo lugar que en las primarias, que, dado que en las Elecciones 2011 las mesas electorales serán mixtas, muy probablemente no sea el mismo lugar en el que cada ciudadano votó en las elecciones de 2009.
Por ello, se aconseja verificar el lugar de votación a partir del 30 de julio ratificar la ubicación de la mesa electoral a partir del 23 de septiembre.
Los padrones definitivos podrán consultarse:
Por internet: www.padron.gob.ar
Telefónicamente, llamando al 0800-999 PADRON (7237)
Enviando un mensaje de texto (SMS) al 64646, ingresando la palabra «voto» (espacio) y el número de DNI seguido de la letra «M» o «F», según el sexo del elector
4. ¿Con qué documento se vota en las elecciones nacionales
Los documentos cívicos habilitantes para votar son los siguientes:
Documento Nacional de Identidad (tapa verde o celeste).
Libreta Cívica.
Libreta de Enrolamiento.
El Nuevo DNI en formato tarjeta NO es documento habilitante para votar. PARA VOTAR, ES NECESARIO PRESENTAR EL DOCUMENTO CÍVICO QUE FIGURA EN EL PADRÓN O UNA VERSIÓN POSTERIOR. Por ejemplo:
si en el padrón figura LE y el elector se presenta con su DNI.
si figura con el DNI original y se presenta con el DNI duplicado.
si se presenta con un DNI «ejemplar B» y figura con un DNI «ejemplar A».
Quienes se presenten a votar con un documento con una versión anterior al que figura en el padrón no podrán votar. Por ejemplo:
si en el padrón figura DNI y el elector se presenta con su LE.
si figura con el DNI duplicado y se presenta con el DNI original.
si se presenta con un DNI «ejemplar A» y figura con un DNI «ejemplar B».
5. ¿Cómo se vota en las elecciones nacionales
En el cuarto oscuro encontraremos las boletas de los partidos y alianzas, en distintos colores y con fotografías de los precandidatos, para que cada elector pueda identificar mejor la boleta de su preferencia. Cada agrupación política mantendrá el color de la boleta que haya usado en las elecciones primarias.
En cada categoría, cada elector podrá votar por una sola candidatura o lista de candidatos de su preferencia. A diferencia de las primarias, en las elecciones nacionales el votante podrá elegir una boleta completa o cortar boleta por categoría de cargos UNICAMENTE entre partidos y alianzas diferentes. Es decir, cada ciudadano puede elegir una boleta completa o cortar boleta por categoría de cargos, ÚNICAMENTE entre partidos y alianzas diferentes.
Luego de votar, el presidente de mesa sellará y firmará el documento del elector y se lo devolverá.
6. ¿Dónde puedo informarme más sobre las elecciones nacionales
Para obtener más información o evacuar tus inquietudes sobre las elecciones primarias y las nacionales, podés consultar:
Telefónicamente, llamando a:
(011) 4346-1841
(011) 4346-1842
Enviando un correo electrónico a:
elecciones@mininterior.gov.ar
elecciones2011@mininterior.gov.ar
Por correo postal a:
25 de Mayo 101, 3º Piso
C1002ABC – Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Será proclamado presidente en primera vuelta quien obtenga más del 45% de los votos afirmativos válidamente emitidos o el 40% y, además, una diferencia mínima del 10% respecto al candidato que le sigue, de lo contrario se definirá en ballotage.